Casos en los que hay que hacer la devolución de fianza de alquiler

La fianza es una garantía obligatoria que el inquilino de una vivienda debe entregar al propietario al momento de la firma del contrato. El arrendador adquiere, a la vez, la obligación de depositarla ante las autoridades correspondientes. Al momento de finalizar la relación contractual, la garantía puede devolverse o retenerse, ¿Cuándo se hace la devolución de fianza de alquiler?

Condiciones para la devolución de fianza de alquiler

La fianza es obligatoria, pues encontramos su figura en la Ley de Arrendamientos Urbanos. En esta disposición encontrarás todo lo relativo a esta garantía como, por ejemplo, el hecho de que la fianza no puede ser nunca superior a un mes de alquiler. Además, el importe de la fianza será el mismo que el de la renta. ¿Y qué hace el arrendador con la cantidad entregada?

La devolución de fianza de alquiler puede ser total o parcial

Esta garantía se entrega del inquilino al propietario al momento de la firma del contrato de arrendamiento. El arrendador debe depositar la fianza ante las autoridades autonómicas correspondientes y, cuando el plazo del arrendamiento concluya, entonces procede a la correspondiente devolución.

Sin embargo, hay que tener mucho cuidado cuando se trata de la devolución de fianza de alquiler. Y es que existen muchos supuestos que impiden que el arrendador la restituya al inquilino. Básicamente, la fianza se devuelve al concluir el contrato y siempre y cuando:

  • La vivienda se encuentra en excelentes condiciones. Es decir, el inquilino debe entregar el inmueble tal y como lo encontró. Se admiten desperfectos, pero siempre y cuando sean habituales por el uso constante de la propiedad.
  • Cuando se cumple el plazo del arrendamiento. Para poder recibir la fianza de vuelta, el arrendatario debe cumplir el contrato hasta el último momento.
  • Encontrarse al día de los pagos. Cuando se habla de pagos, no solo se entiende que el inquilino debe haber satisfecho todos los meses de renta, sino también, estar al corriente del pago de las facturas y servicios de suministros como la luz, gas, agua, etcétera.
  • También se restituye la fianza si, antes de concluido el plazo del arrendamiento y con un aviso de un mes de antelación, el inquilino comunica al propietario que debe abandonar la vivienda. Por supuesto, en este caso, el inmueble debe encontrarse en excelentes condiciones y al corriente de las obligaciones de pago. Más adelante veremos cuándo no se devuelve la fianza por abandono de la vivienda.
  • Extinción de la relación contractual por parte del arrendador. Hay ocasiones en las que el casero necesita la desocupación de la vivienda antes de tiempo. Mucho cuidado, pues, como arrendador, la restitución de la vivienda antes de tiempo debe hacerse siguiendo unos plazos muy específicos y por razones justificables y de causa mayor, generalmente, por motivos judiciales demostrables. En este caso, es posible que también se tenga que indemnizar al inquilino.

¿Cuándo no se hace la devolución de fianza de alquiler?

Ya hemos visto en qué casos se procede a la devolución fianza alquiler, ¿Y cuándo puede retenerse la garantía? Cuando ocurre todo lo contrario a lo anteriormente expuesto. Te lo explicamos en profundidad. El primer motivo para no devolver la garantía es si el inquilino abandona la propiedad en un plazo de seis meses desde la firma del contrato. En este caso, no solo se pierde la fianza, sino que el arrendatario tiene que indemnizar al arrendador.

En caso de haber finalizado la relación contractual y si la vivienda presenta desperfectos, entonces el casero puede retener la fianza total o parcialmente. Para ello, el propietario dispone de un plazo para hacer la revisión de la vivienda y determinar si tiene que asumir costes de reparaciones y la cuantía de estas. Además, la fianza también se retiene cuando el inquilino hace obras sin la autorización del propietario.

Y por supuesto, si el inquilino se marcha sin estar al corriente de sus obligaciones de pago, entonces se retiene la fianza para cubrir estas deudas.

Modelo de devolución fianza de alquiler

El modelo de devolución de fianza es un documento que sirve para poner fin a la relación contractual, pero, además, hace constar que la garantía se ha devuelto en su totalidad (o parcialmente). Aunque es un documento de carácter privado, lo más aconsejable es que te pongas en manos de los expertos de Inmorenta para no dejarte nada de lado y que pueda ser objeto de futuras reclamaciones.

En el acuerdo se hace constar la entrega de las llaves

En líneas generales, en el acuerdo constará todo lo pactado en el contrato de alquiler y que, por supuesto, las partes deben haber cumplido satisfactoriamente. El modelo incluirá:

  • Identificación del contrato de arrendamiento.
  • Anexo del contrato de alquiler donde se encuentran los datos de las partes, así como las cláusulas y obligaciones a cumplir.
  • Devolución de las llaves. En el documento se anota que el inquilino realizó la correspondiente entrega de las llaves de la propiedad y, por supuesto, la fecha en la que se hizo.
  • Devolución de la fianza. Se especifica que se procede al reintegro de la garantía entregada y el plazo para hacerlo. En caso de retención de una parte del importe, entonces se deben especificar los motivos para hacer esta retención (reparaciones, facturas impagadas, etcétera).

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