Una de las dudas más habituales de nuestros clientes es si tener un seguro para el hogar es obligatorio. Desde InmoRenta te contamos que el seguro para el hogar es una herramienta clave para proteger una vivienda frente a diversos riesgos, y, aunque no es obligatorio, sí es recomendable. Como parte de nuestros servicios ofrecemos todo tipo de pólizas de seguros para la venta y alquiler de los inmuebles.
Tener un seguro para el hogar: ¿Sí o no?
En términos generales, la legislación española no exige contratar un seguro para las viviendas. Esto significa que no es obligatorio tener un seguro para el hogar, pero es importante considerar contratar una póliza. Ya sea que vayas a residir en la vivienda o si la quieres poner de alquiler, es muy aconsejable que contrates un seguro, particularmente si te conviertes en arrendador.
Y es que existen ciertas situaciones en las que tener un seguro para el hogar puede ser necesario para evitarte dolores de cabeza a largo plazo. Existen tres situaciones en las que es posible que el seguro para el hogar sea una necesidad: cuando tienes una hipoteca, si formas parte de una comunidad de propietarios y si eres arrendador.
Propietarios con hipoteca
Si adquiriste tu vivienda a través de una hipoteca, es muy probable que sea obligatorio tener un seguro para el hogar. ¿Por qué? Porque al hacer la solicitud del crédito, dependiendo de las condiciones de este, es muy probable que el banco te exija que contrates un seguro para la vivienda. Este tipo de pólizas se limita, por lo general, a la cobertura de la estructura del inmueble y protege la edificación de la vivienda. De esta forma, la propiedad queda cubierta en caso de incidentes graves como incendios, daños estructurales, etcétera.
Comunidad de propietarios
En algunas Comunidades Autónomas y municipios es obligatorio que las comunidades de vecinos cuenten con un seguro. Esta póliza debe cubrir elementos comunes del edificio, como ascensores, escaleras, fachadas, etcétera. Cabe destacar que este tipo de seguros no cubren el interior de las viviendas particulares, por lo tanto, cada propietario deberá decidir si le conviene o no tener un seguro para el hogar para proteger la estructura del inmueble y sus pertenencias.
Tener un seguro para el hogar si eres arrendador o arrendatario
Como ya adelantamos, tener un seguro para el hogar no es obligatorio, pero sí recomendable, particularmente si tienes el inmueble alquilado. Y es que, cuando se trata de las viviendas arrendadas, hay muchos gastos y reparaciones que debe cubrir el casero, aunque otras tantas las paga el inquilino. En el contrato de alquiler se recogen cláusulas relacionadas con el mantenimiento y la protección de la vivienda, aunque, en última instancia, son las partes las que deciden si contratar o no el seguro.
Dicho esto, es altamente recomendable tener un seguro para el hogar si este está alquilado. Así, tanto el dueño como el inquilino pueden proteger el bien inmueble. Por ejemplo, si hay una fuga de agua o de gas; si ocurre un incendio o inundación, en caso de robo e, incluso, en situaciones de humedades. Básicamente, ante imprevistos que no sean generados por el mal uso del inmueble, es mejor contar con una póliza que cubra estas situaciones de emergencia, así como la responsabilidad civil frente a terceros.
Diferencias entre el seguro del hogar del propietario y del inquilino
Sobre un mismo inmueble puede haber dos seguros: Uno por parte del propietario y otro por parte del inquilino, pero ambas pólizas no son idénticas, pues cumplen funciones diferentes.
En el caso del seguro para el hogar que contrata el propietario, este puede cubrir dos aspectos:
- Continente. Se trata de la estructura de la vivienda y se incluyen las paredes, suelos, techos, ventanas y otros elementos. Este tipo de seguro es crucial en caso de incendios, inundaciones o daños importantes en la estructura del inmueble.
- Responsabilidad civil. Protege al propietario ante posibles daños ocasionados a terceros por defectos de la vivienda. Un claro ejemplo es cuando una tubería en mal estado produce daños en el piso de abajo.
¿Y cómo debe ser el seguro para inquilinos? Tener un seguro para el hogar siendo arrendatario de la vivienda no es estrictamente necesario, aunque nosotros lo recomendamos. En estos casos, los seguros para arrendatarios suelen cubrir el contenido, es decir, los objetos personales como dispositivos electrónicos, electrodomésticos, etcétera. Este seguro es muy útil, especialmente, en caso de robos o daños dentro de la vivienda producidos, por ejemplo, por un incendio o una inundación.
Por otra parte, el seguro que contratan los inquilinos suele cubrir la responsabilidad civil y es crucial en caso de que el arrendatario cause daños a terceros o a la vivienda de terceros.