No firmes un contrato de arras sin haber leído este artículo

El contrato de arras es un acuerdo privado entre comprador y vendedor, este se realiza de manera previa a la compraventa para asegurar que la transacción se va a llevar a cabo. Una vez ha sido firmado, las partes se comprometen a efectuar la compraventa futura de una propiedad y el comprador entrega el dinero correspondiente que se acuerde para la reserva del inmueble.

En resumen, el vendedor se compromete a vender el bien al comprador mientras que este se reserva el derecho sobre la compra.

Información que debe contener un contrato de arras

La importancia del contrato de arras pasa desapercibida pero es la clave para reflejar las condiciones de la futura compra. Esta es la información mínima que debe contener dicho contrato:

  • Precio final de la compraventa y forma de pago.
  • Fecha límite para formalizar el contrato de compraventa.
  • Datos personales de la parte compradora y vendedora.
  • Descripción detallada del bien objeto de contrato.
  • Cantidad de dinero en concepto de señal.
  • Compromiso de firmar el contrato mediante escritura pública.
  • Distribución de los gastos relacionados con la compraventa.
  • Firma de ambas partes, comprador y vendedor.

Es complicado de primeras realizar toda la transacción que conlleva la compra o venta de un inmueble, por ello lo mejor es contar con asesoramiento y ayuda en el proceso.

contrato de arras

Diferentes tipos de contrato de arras

Dependiendo de cual sea el objetivo del acuerdo el Tribunal Supremo reconoce tres tipos diferentes de contrato:

Arras penales

Se establecen como garantía del cumplimiento del contrato. A diferencia de las arras confirmatorias y penitenciales, las arras penales no otorgan a las partes la facultad de desistir del contrato principal, ni son un anticipo del precio de la compraventa. Este tipo de arras no está regulado expresamente en el Código Civil español y se equiparan a las obligaciones con cláusula penal.

Arras confirmatorias

El objetivo de las arras confirmatorias es revalidar el compromiso de las partes con la compraventa. Se deberá realizar un anticipo de la parte total del precio como garantía.

En el caso de que el contrato no se cumpla, el perjudicado podrá escoger entre la resolución de la obligación o exigir el cumplimiento. En caso de exigir el cumplimiento, podrá pedir la resolución más tarde en caso de que este no se pueda realizar. Las arras confirmatorias tienen la peculiaridad de que da lo mismo el importe que se acuerde, por ley, tanto comprador como vendedor, asumen la obligación de transmitirse la vivienda.

Arras penitenciales o desistimiento

Resolver unilateralmente el contrato es posible gracias a este tipo de arras. Si la parte compradora es la que decide rescindir el contrato, perderá la cantidad entregada. Por el contrario, si es la parte vendedora la que decide no seguir con el proceso, deberá devolver a la parte compradora el doble del importe entregado como señal en concepto de arras.

Sabemos que es mucha información la que debes tener en cuenta, por ello, insistimos en recomendar un asesoramiento por parte de la inmobiliaria ya que conocerá a ambas partes y el proceso será más sencillo. No dudes en contactar con nosotros, ¡te acompañaremos durante todo el proceso!

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